Artículo 449-16 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro tercero · Título tercero bis. DEL PROCEDIMIENTO DE e-REVOCACIÓN · Capítulo III. De las Audiencias y de las Mesas de Trabajo · Sección I. Generalidades
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
Las audiencias y las mesas de trabajo serán presididas por la Procuraduría Fiscal, quien limitará el tiempo y número de veces el uso de la palabra a los asistentes que deban intervenir, interrumpiendo a quienes abusen de ese derecho. La Procuraduría Fiscal tendrá las más amplias facultades para resolver todo lo no previsto en las audiencias y en las mesas de trabajo.