CPCDMX · Art. 278

Artículo 278 del Código Penal de la Ciudad de México

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TÍTULO DÉCIMO NOVENO. HECHOS DE CORRUPCIÓN Y DELITOS CONTRA EL SERVICIO PÚBLICO COMETIDOS POR PARTICULARES · CAPÍTULO I. PROMOCIÓN DE CONDUCTAS ILÍCITAS, COHECHO Y DISTRACCIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026

Al particular que de manera espontánea le ofrezca dinero o cualquier dádiva u otorgue promesa a un servidor público o a interpósita persona, para que dicho servidor haga u omita un acto relacionado con sus funciones, se le impondrán las siguientes sanciones:

I.De seis meses a tres años de prisión y de veinte a doscientos días multa cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente a cien veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable; o

II.De uno a cinco años de prisión y de trescientos a ochocientos días multa cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación excedan de cien veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente en el momento de cometerse el delito.

El juez podrá imponer al particular una tercera parte de las penas señaladas en el párrafo anterior, o eximirlo de las mismas, cuando hubiese actuado para beneficiar a alguna persona con la que lo ligue un vínculo familiar, de dependencia o cuando haya denunciado espontáneamente el delito cometido.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
9adf8e2611f4…
Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • art. 136: inicia con 'Derogado.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición.

Transitorios (146 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 278, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-278/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.