CPCDMX · Art. 30

Artículo 30 del Código Penal de la Ciudad de México

Catálogo de penas

LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES · TÍTULO TERCERO. CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO · CAPÍTULO I. CATÁLOGO DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DE CONSECUENCIAS JURÍDICAS PARA LAS PERSONAS MORALES

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026

Las penas que se pueden imponer por los delitos son:

I.Prisión;

II.Tratamiento en libertad de imputables;

III.Semilibertad;

IV.Trabajo en beneficio de la víctima del delito o en favor de la comunidad;

V.Sanciones pecuniarias;

VI.Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito;

VII.Suspensión o privación de derechos; y

VIII.Destitución e inhabilitación de cargos, comisiones o empleos públicos.

Sobre este texto
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Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

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Transitorios (146 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 30, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-30/

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