Artículo 28 del Código Penal de Michoacán
Penas
Libro primero · Parte general · Título tercero. Consecuencias jurídicas del delito · Capítulo I. Penas, medidas de seguridad y consecuencias accesorias
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 18 de agosto de 2026
Las penas que se pueden imponer por la comisión de un delito son:
I.Prisión;
II.Semilibertad;
III.Trabajo a favor de la comunidad;
IV.Sanciones pecuniarias;
V.Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito;
VI.Suspensión de derechos, destitución e inhabilitación para el desempeño de cargos, comisiones o empleos;
VII.Apercibimiento; y,
VIII.Caución de no ofender.