Artículo 1065 del Código Civil de Chiapas
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres capiulo (sic) i disposiciones generales · Capitulo III. De la servidumbre legal de desagiie (sic)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
SI LAS AGUAS QUE PASAN AL PREDIO SIRVIENTE SE HAN VUELTO INSALUBRES POR LOS USOS DOMESTICOS O INDUSTRIALES QUE DE ELLAS SE HAYA HECHO, DEBERAN VOLVERSE INOFENSIVAS A COSTA DEL DUEÑO DEL PREDIO DOMINANTE.