Artículo 1082 del Código Civil de Baja California Sur
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo III. De la servidumbre legal de desagüe
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Si las aguas que pasan al predio sirviente se han vuelto insalubres por los usos domésticos o industriales que de ella se hayan hecho, deberán volverse inofensivas a costa del dueño del predio dominante.