Artículo 1754 del Código Civil de Chiapas
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima · Capitulo VII. De los efectos de la particion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
CUANDO POR CAUSAS ANTERIORES A LA PARTICION, ALGUNO DE LOS COHEREDEROS FUESE PRIVADO DE TODO O DE PARTE DE SU HABER, LOS OTROS COHEREDEROS ESTAN OBLIGADOS A INDEMNIZARLE DE ESA PERDIDA, EN PROPORCION A SUS DERECHOS HEREDITARIOS.