Artículo 1946 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo segundo. Modalidades de las obligaciones · Capitulo III. De las obligaciones conjuntivas y alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
SI LA ELECCION ES DEL DEUDOR Y UNA DE LAS COSAS SE PIERDE POR CULPA DEL ACREEDOR, PODRA EL PRIMERO PEDIR QUE SE LE DE POR LIBRE DE LA OBLIGACION O QUE SE RESCINDA EL CONTRATO, CON INDEMNIZACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.