Artículo 1397 del Código Civil de Morelos
ELECCION DEL DEUDOR PERDIDA DE UNO DE LOS BIENES POR CULPA DEL ACREEDOR
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo segundo. Modalidades y complejidad de las obligaciones · Capitulo III. De las obligaciones conjuntivas alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si la elección es del deudor y uno de los bienes se pierde por culpa del acreedor, podrá el primero pedir que se le libere de la obligación o que se rescinda el contrato, con indemnización de los daños y perjuicios.
En el caso del párrafo anterior, si la elección es del acreedor, con el bien perdido quedará satisfecha la obligación.