Artículo 2068 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones i.- efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo I. Del pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
LAS CANTIDADES PAGADAS A CUENTA DE DEUDAS CON INTERESES, NO SE IMPUTARAN AL CAPITAL, MIENTRAS HUBIERE INTERESES VENCIDOS Y NO PAGADOS, SALVO CONVENIO EN CONTRARIO.