Artículo 2066 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones i.- efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo I. Del pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
EL QUE TUVIERE CONTRA SI VARIAS DEUDAS EN FAVOR DE UN SOLO ACREEDOR, PODRA DECLARAR, AL TIEMPO DE HACER EL PAGO, A CUAL DE ELLAS QUIERE QUE ESTE SE APLIQUE.