Artículo 7.335 del Código Civil del Estado de México
Declaración de aplicación del pago ante varias deudas
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO NOVENO. Del Cumplimiento de las Obligaciones · CAPITULO I. Del Pago
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El que tuviere contra sí varias deudas en favor de un sólo acreedor, podrá declarar, al tiempo de hacer el pago, a cuál de ellas quiere que se aplique.