Artículo 187 del Código Penal de Chiapas
Libro segundo · Parte especial · Título segundo. Procreación asistida, inseminación artificial y manipulación genética · Capítulo I. Procreación asistida e inseminación artificial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 29 de abril de 2026
Además de las penas previstas en este capítulo, la autoridad jurisdiccional podrá imponer a los responsables la suspensión para ejercer la profesión, o, en caso de tratarse de servidores públicos, la destitución e inhabilitación para el desempeño del empleo cargo o comisión por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.