Artículo 1762 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título cuarto. De la posesión · Capítulo II. De la tutela de la posesión · Sección cuarta. De las acciones plenaria de posesión y publiciana
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El poseedor que triunfe en el ejercicio de la acción plenaria de posesión, podrá ser vencido por quien ejercite y pruebe la acción publiciana.