Artículo 1904 del Código Civil de Coahuila
Libro quinto. De los hechos, los actos y los negocios jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo I. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Cuando un negocio jurídico es realizado por una sola persona, a ésta se le designa con el nombre de autor, y si en la celebración concurren dos o más personas, se les llama partes.