Artículo 1920 del Código Civil de Coahuila
Libro quinto. De los hechos, los actos y los negocios jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo II. De los elementos esenciales del negocio jurídico · Sección primera. De la voluntad · Subsección primera. De la validez de la voluntad y de la formación del consentimiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La misma regla establecida en el artículo anterior se aplicará a la oferta hecha por teléfono, radio, télex, o cualquier medio de comunicación similar, que permita al destinatario de la oferta contestar inmediatamente.