Artículo 2585 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título octavo. De la complejidad de las obligaciones · Capítulo III. De la pluralidad de sujetos · Sección tercera. De las obligaciones solidarias. · Subsección primera. De la solidaridad pasiva
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Hay solidaridad pasiva cuando dos o más deudores reportan, cada uno de por si, la obligación de cumplir, en su totalidad, la prestación debida.