Artículo 3126 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimocuarto. Del contrato de hospedaje
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El contrato de hospedaje tiene lugar cuando alguno presta a otro alojamiento, mediante la retribución convenida, comprendiéndose o no, según se estipule, los alimentos y demás gastos que originen el hospedaje.