Artículo 3125 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimotercero. Del contrato de transporte
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Las acciones originadas por el contrato de transporte, en favor o en contra de los porteadores, prescriben en seis meses después de concluido el viaje.