Artículo 3228 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo I. De la fianza · Sección I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Quedan sujetas a las disposiciones de este capítulo, las fianzas otorgadas accidentalmente por individuos o compañías en favor de determinadas personas, si no las extienden en forma de póliza, ni las anuncian públicamente por la prensa o por cualquier otro medio, ni emplean agentes que las ofrezcan.