Artículo 3360 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo II. De la prenda · Sección I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El derecho y obligación que resultan de la prenda son indivisibles, salvo en los siguientes casos:
I.Cuando las partes estipulen divisibilidad.
II.Si el deudor está facultado para hacer pagos parciales y se hayan dado en prenda:
a). Un bien que sea cómodamente divisible.
b). Varios bienes.