Artículo 3486 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título vigésimo. De la asociacion civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La inobservancia de la forma requerida originará la disolución de la asociación, que podrá ser pedida por cualquier asociado y que se realizará como dispone la fracción II del artículo 3509.