Artículo 3508 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título vigésimo. De la asociacion civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos se extinguen:
I.Por acuerdo de la asamblea general.
II.Por haber concluido el plazo fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto para el que fueron creadas.
III.Por haber llegado a ser física o legalmente imposible el fin para el que fueron fundadas.
IV.Por resolución de la autoridad competente.