CCCOAH · Art. 3599

Artículo 3599 del Código Civil de Coahuila

Libro octavo. Del registro publico · Título cuarto. Del registro de personas morales · Capítulo único. De los títulos inscribibles

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

En el Registro de personas morales se inscribirán :

I.Los instrumentos por los cuales se constituyan, reformen o disuelvan las sociedades y asociaciones civiles y sus estatutos.

II.Los instrumentos que contengan la protocolización de los estatutos de asociaciones y sociedades extranjeras de carácter civil y de sus reformas, previa autorización en los términos de los artículos 17 y 17A de la Ley de Inversiones Extranjeras.

III.Las fundaciones y asociaciones de beneficencia privada autorizadas por el Ejecutivo de acuerdo con la ley.

IV.El nombramiento de los directores y administradores de las instituciones a que aluden las tres fracciones precedentes.

Leer de corridodentro de Título cuarto. Del registro de personas morales

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
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  • número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'
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  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (44 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 3599, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3599/

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