Artículo 891 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo VII. De los legados · Sección tercera. Del legado de bien ajeno
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Es válido el legado de bien ajeno si el testador sabía que lo era y el heredero debe adquirir el bien, para entregarlo al legatario o dar a éste su precio.