Artículo 898 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo VII. De los legados · Sección tercera. Del legado de bien ajeno
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el legatario adquiere el bien legado después de otorgado el testamento, se entiende legado su precio.