Artículo 1289 del Código Civil de Colima
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
No produce efecto el legado si por acto del testador pierde la cosa legada, la forma y denominación que la determinaban.