Artículo 1291 del Código Civil de Colima
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
La cosa legada deberá ser entregada con todos sus accesorios y en el estado en que se halle al morir el testador.