Artículo 1294 del Código Civil de Colima
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Si el legatario muere antes de aceptar un legado y deja a varios herederos, puede uno de estos aceptar y otro repudiar la parte que le corresponda en el legado.