Artículo 2172 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo segundo. De la compra-venta · Capitulo III. De los que pueden vender y comprar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Los peritos y los corredores no pueden comprar los bienes en cuya venta han intervenido.