Artículo 2297 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Si el predio fuere rustico y la renta pasare del monto que resulte de dos mil salarios mínimos al año, el contrato se otorgará en escritura pública.