Artículo 2390 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo septimo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.