Artículo 2804 del Código Civil de Tabasco
Necesidad de permiso para conceder a un tercero el uso
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso del bien.