Artículo 2803 del Código Civil de Tabasco
No se transmite a herederos
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si el comodato solamente se hace en atención a la persona del comodatario, los herederos de éste no tienen derecho de continuar en el uso del bien.