Artículo 2442 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo noveno. Del mandato · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
El mandato verbal es el otorgado de palabra entre presentes, hayan o no intervenido testigos.
Cuando el mandato haya sido verbal debe ratificarse por escrito antes de que concluya el negocio para que se dio.