Artículo 2856 del Código Civil de Tabasco
Verbal
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo undecimo. Del mandato · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El mandato verbal es otorgado de palabra entre presentes, hayan o no intervenido testigos, y debe ratificarse por escrito antes de que concluya el negocio para que se dio.