Artículo 2559 Bis 2 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimo. Del contrato de prestación de servicios · Capitulo V. Del contrato de hospedaje (REFORMADO DECRETO 251, SUPL. 2, P.O. 11, 11 MARZO 2023)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Cuando el huésped permanezca por más tiempo del pactado en el contrato indefinidamente, en las mismas condiciones del contrato inicial. Esta prórroga continuará hasta que no exista el aviso por parte del empresario hotelero o la desocupación voluntaria por el huésped, y no se le dé aviso para que desocupe, se entenderá que el contrato está prorrogado.