Artículo 476 del Código Civil de Colima
Libro primero. De las personas · Titulo noveno. De la tutela · Capitulo II. De la tutela testamentaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
En ningún otro caso hay lugar a la tutela testamentaria del incapacitado.(sic)