CPDGO · Art. 143

Artículo 143 del Código Penal de Durango

Libro segundo. De los delitos · Titulo primero. Delitos contra las personas · Subtitulo primero. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Capitulo II. Lesiones

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026

Cuando las lesiones se infieran con crueldad o frecuencia a un menor de edad, o a persona de sesenta y cinco años o más, o no tuviere capacidad de comprender el significado del hecho, o sujetos a la patria potestad, tutela o custodia del sujeto activo, la pena se incrementará con dos terceras partes a la que le corresponda, según las lesiones inferidas.

REFORMADO POR DEC. 103, P.O. 26 BIS 31 DE MARZO DE 2022.

En ambos casos, a solicitud del Ministerio Público se decretará la suspensión o pérdida de los derechos que tenga el sujeto activo en relación con la víctima, por un tiempo hasta de cinco años.

Leer de corridodentro de Subtitulo primero. Delitos contra la vida y la integridad corporal

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango)
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Pendiente de verificar

  • 133 líneas de guiones que separan los decretos de reforma (después de los transitorios) se omiten.
  • 30 notas de reforma impresas debajo de un encabezado (título, capítulo, subtítulo, sección o su denominación) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 11 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 115 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('ARTÍCULO 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.
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  • Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('ARTICULO REFORMADO POR DEC. … P.O. …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
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Transitorios (32 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 143, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-143/

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