Artículo 242 del Código Penal de Durango
Libro segundo. De los delitos · Titulo cuarto. Delitos contra la colectividad · Subtitulo primero. Delitos contra la seguridad pública · Capítulo X. Venta clandestina de bebidas con contenido alcohólico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Se aplicará de uno a cuatro años de prisión y multa de setenta y dos a doscientas ochenta y ocho veces la Unidad de Medida y Actualización y el decomiso de los productos a que se refiere este artículo:
I.A quien venda o distribuya bebidas con contenido alcohólico a un menor de dieciocho años de edad; y,
II.A quien venda o distribuya bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios que autorice la autoridad competente.
ARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017