Artículo 4.182 del Código Civil del Estado de México
Responsabilidades de la persona responsable
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO SEXTO. DE LA FAMILIA MULTIESPECIE · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Las personas responsables de animales de compañía tendrán la responsabilidad de atender las necesidades básicas y afectivas del ser sintiente, garantizar su bienestar y salud, prevenir y denunciar cualquier forma de maltrato o crueldad, así como asegurarse de que el animal no represente un peligro para la comunidad y demás obligaciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables.