Artículo 4.308 del Código Civil del Estado de México
Casos en que el tutor o sus parientes pueden adquirir derechos sobre bienes del pupilo
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO OCTAVO. De la Tutela y Curatela · CAPITULO XI. Del Desempeño de la Tutela
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Cesa la prohibición del artículo anterior, respecto de la venta de bienes, en el caso de que el tutor o sus parientes allí mencionados sean coherederos, partícipes o socios del incapacitado.