Artículo 5.112 del Código Civil del Estado de México
Determinación del bien principal
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO CUARTO. De la propiedad y los medios de adquirirla · CAPITULO IV. Del Derecho de Accesión
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si no pudiere hacerse la calificación conforme a la regla establecida en el artículo que precede, se tendrá como principal el bien cuyo uso, perfección o adorno se haya conseguido por la unión del otro.