Artículo 5.15 del Código Civil del Estado de México
Características de los bienes de uso común o destinados al servicio público
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEGUNDO. Clasificación de los Bienes · CAPITULO III. De los Bienes considerados según las personas a quienes pertenecen
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Los bienes de uso común, pueden ser aprovechados por todas las personas, con las restricciones establecidas por la ley.
Los bienes del servicio público, son los destinados a un fin específico y que pueden ser aprovechados en términos de las disposiciones legales.