Artículo 5.251 del Código Civil del Estado de México
Usufructo por donación
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEPTIMO. Del Usufructo · CAPITULO III. De las Obligaciones del Usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El donante que se reserva el usufructo de los bienes donados está exento de otorgar garantía.