Artículo 7.5 del Código Civil del Estado de México
Hechos jurídicos que son fuente de obligaciones
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO PRIMERO. Fuente de las Obligaciones · CAPITULO III. De los Hechos Jurídicos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Para los efectos de este ordenamiento se entiende que:
I.Los hechos jurídicos realizados sin la participación o sin la acción del hombre, son los fenómenos de la naturaleza que producen consecuencias de derecho;
II.Los hechos jurídicos efectuados con la participación del hombre se denominan biológicos, y son los relacionados con éste en su nacimiento, vida, capacidad o muerte;
III.Los hechos jurídicos realizados con la acción del hombre son voluntarios, involuntarios y contra la voluntad.