Artículo 7.70 del Código Civil del Estado de México
Hecho no considerado imposible
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEGUNDO. De los Contratos en General · CAPITULO VI. Del Objeto, Motivo o Fin de los Contratos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
No se considerará imposible el hecho que no pueda ejecutarse por el obligado, pero sí por otra persona en lugar de él.