Artículo 7.99 del Código Civil del Estado de México
El uso y la costumbre para la interpretación
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEGUNDO. De los Contratos en General · CAPITULO X. De la Interpretación de los Contratos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El uso o la costumbre del lugar en que se celebró el contrato, se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades.