LIBRO SEPTIMO · TITULO SEGUNDO CAPITULO X. De la Interpretación de los Contratos
Artículo 7.94 Voluntad declarada y voluntad interna
Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.
Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.
Artículo 7.95 Intención sobre los bienes y casos
Cualquiera que sea la generalidad de los términos de un contrato, no deberán entenderse comprendidos en él, bienes distintos y casos diferentes de aquellos sobre los que los interesados se propusieron contratar.
Artículo 7.96 Cláusulas con varios sentidos
Si alguna cláusula de los contratos admite diversos sentidos, deberá entenderse en el más adecuado para que produzca efecto.
Artículo 7.97 Interrelación de las cláusulas
Las cláusulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.
Artículo 7.98 Palabras con distintas acepciones
Las palabras que puedan tener distintas acepciones serán entendidas en aquélla que sea más conforme a la naturaleza y objeto del contrato.
Artículo 7.99 El uso y la costumbre para la interpretación
El uso o la costumbre del lugar en que se celebró el contrato, se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades.
Artículo 7.100 Desconocimiento de la voluntad o intención sobre cuestiones accidentales
Cuando fuere imposible resolver las dudas por las reglas establecidas en los artículos precedentes, si aquéllas recaen sobre circunstancias accidentales del contrato, y éste fuere gratuito, se resolverá en favor de la menor transmisión de derechos e intereses; si fuere oneroso se resolverá la duda en favor de la mayor reciprocidad de intereses.
Artículo 7.101 Desconocimiento de la voluntad o intención sobre el objeto
Si las dudas recaen sobre el objeto principal del contrato, de manera que no pueda saberse cuál fue la intención o la voluntad de los contratantes, el contrato será nulo.