Código Civil del Estado de México
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LIBRO SEPTIMO · TITULO SEGUNDO CAPITULO II. De la Capacidad de los Contratantes

Arts. 7.38–7.392 artículosTexto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026

Artículo 7.38 Capacidad para contratar

Son hábiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley.

Artículo 7.39 Legitimación para hacer valer la incapacidad

La incapacidad de una de las partes no puede ser invocada por la otra en provecho propio, salvo que sea indivisible el objeto del derecho o de la obligación común.

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